Nueva Normativa en Comedores de Escuelas
Pocas son las veces que tengo esta satisfacción, pero aunque sean pocas hay que transmitirlas:
SE HA LOGRADO UNA NUEVA NORMATIVA SOBRE COMEDORES PARA ESCUELAS INFANTILES Y CENTROS ESCOLARES
1º) Menús sin gluten en cualquier escuela infantil o centro escolar, sea público, privado o concertado.
2º) Obligación de facilitar información a los padres sobre el menú sin gluten que los alumnos van a consumir.
3º) Información sobre la composición de los productos con los que se elaboran los platos.Nos hemos puesto en contacto con la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid y nos han comentado que esta normativa es de obligado cumplimiento para todos los tipos de centros y que enviará una circular sobre este tema a todos los colegios. Os la enviaremos en cuanto nos la hagan llegar.
Cualquier problema que se os presente en relación a esta normativa, os rogamos nos la comuniquéis. Intentaremos ayudaros.
Esto viene “oficialmente” aquí:
Artículo 40. Medidas especiales dirigidas al ámbito escolar, de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de Seguridad Alimentaria y Nutrición:
Punto 4: Las escuelas infantiles y los centros escolares proporcionarán a las familias, tutores o responsables de todos los comensales, incluidos aquellos con necesidades especiales (intolerancias, alergias alimentarias u otras enfermedades que así lo exijan), la programación mensual de los menús, de la forma más clara y detallada posible, y orientarán con menús adecuados, para que la cena sea complementaria con el menú del mediodía. La información sobre los citados menús será accesible a personas con cualquier tipo de discapacidad, cuando así se requiera. Asimismo, tendrán a disposición de las familias, tutores o responsables de los comensales la información de los productos utilizados para la elaboración de los menús, que sea exigible por las normas sobre etiquetado de productos alimenticios.
Punto 5: En los supuestos en que las condiciones de organización e instalaciones lo permitan, las escuelas infantiles y los centros escolares con alumnado con alergias o intolerancias alimentarias, diagnosticadas por especialistas, y que, mediante el correspondiente certificado médico, acrediten la imposibilidad de ingerir, determinados alimentos que perjudican su salud, elaborarán menús especiales, adaptados a esas alergias o intolerancias. Se garantizarán menús alternativos en el caso de intolerancia al gluten. A excepción de lo establecido en el párrafo anterior, cuando las condiciones organizativas, o las instalaciones y los locales de cocina, no permitan cumplir las garantías exigidas para la elaboración de los menús especiales, o el coste adicional de dichas elaboraciones resulte inasumible, se facilitarán a los alumnos los medios de refrigeración y calentamiento adecuados, de uso exclusivo para estas comidas, para que pueda conservarse y consumirse el menú especial proporcionado por la familia
vía: Asociación de Celíacos de Madrid
Un pequeño paso para el colectivo… un gran paso para la humanidad
